jueves, 26 de mayo de 2011

Bienestar de sus trabajadores en un país fiscalista

Qué difícil es para la empresa procurar el bienestar de sus trabajadores en un país fiscalista
Para muchas empresas el recurso humano es un activo valioso, tanto que implementan programas y políticas para procurar el bienestar de sus trabajadores, pero luego se encuentran con un gran problema: Dian y nuestra legislación fiscalista.
Resulta que la Dian, secundada por el Consejo de estado, rara vez acepta como deducción los gastos en que incurra la empresa para proporcionar recreación y esparcimiento a los trabajadores, entre otros gastos en que incurre la empresa para propiciar un excelente clima organizacional, que de ampliamente está demostrado contribuye a mejorar la productividad del trabajador.
El argumento tanto de la Dian como del Consejo de estado en innumerable sentencias, es que tales gastos no son necesarios ni tienen causalidad con la generación de la renta.
En la más reciente sentencia del la sección cuarta del consejo de estado sobre este tema se dijo:
“…En cuanto al concepto del pago, también es el mismo que verificó la DIAN, en los dos grupos, y, en  este  punto,  la  Sala  comparte  el  criterio  de  la  DIAN  en  el  sentido  de  que  los  pagos  hechos  por  recreación y deporte, si bien pueden guardar relación con la empresa, en la medida que son gastos  que propenden por el mejoramiento del clima organizacional, no son prueba de la relación de  causalidad entre el gasto y la productividad de la empresa, pues las pruebas no dan cuenta de la  injerencia que tuvieron esos gastos en la productividad…”[Sentencia del 10 de marzo de 2011, expediente  25000-23-27-000-2006-00841-0]
Con esta interpretación tan restrictiva, un contribuyente piensa dos veces antes de invertir recursos extras en sus trabajadores, puesto que por ello tendrá que pagar más impuestos.
Esto denota el poco interés del estado, la ley y la justicia por los derechos de los trabajadores. Unas veces de plano le eliminan derechos al trabajador; en otras ocasiones impiden que el empleador voluntariamente le conceda derechos adicionales al trabajador.

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