miércoles, 26 de junio de 2013

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO- PREVENCION DE LESIONES OSTEOMUSCULARES

Resolución 2400 de 1979
“ARTÍCULO 390. El despachador o remitente de cualquier bulto u objeto con peso bruto de 50 kilogramos o más deberá, antes de despacharlo, marcar en su parte exterior su peso en kilogramos. En ningún caso un trabajador podrá cargar en hombros bultos u objetos con peso superior a los 50 kilogramos, ni una trabajadora pesos que excedan de los 20 kilogramos.
ARTÍCULO 392. La carga máxima que un trabajador, de acuerdo a su aptitud física, sus conocimientos y experiencia podrá levantar será de 25 kilogramos de carga compacta; para las mujeres, teniendo en cuenta los anteriores factores será de 12,5 kilogramos de carga compacta”.

viernes, 21 de junio de 2013

MODIFICADA LA RESOLUCION 1409 DE 2012(Alturas)


"El 7 de Junio del presente año el Ministerio del Trabajo expidio la Resolución 1903 de 2012, "por la cual se modifica el numeral 5º del articulo 10 y el paragrafo 4º del articulo 11 de la Resolucion 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones". Los siguientes son los aspectos relevantes de la nueva Resolucion:
  1. los aprendices de las instituciones de formación para el trabajo y el SENA, deberán ser formados y certificados en el nivel avanzado de trabajo seguro en alturas por la misma institución, cuando cursen programas cuya práctica implique riesgo de caída en alturas. Así mismo serán certificados simultáneamente en la formación académica específica impartida.
  2. Las instituciones autorizadas para impartir capacitación en trabajo seguro en alturas, deben contar con programas de formación diseñados para trabajadores analfabetos.
  3. Se aprueban los siguientes Programas de Formación Complementaria de Trabajo Seguro en Alturas:
  • Administrativo para Jefes de Área Trabajo Seguro en Alturas. Modalidad: Presencial. Intensidad: 10 horas.
  • Administrativo para Jefes de Área Trabajo Seguro en Alturas. Modalidad: Virtual. Intensidad: 10 horas.
  • Básico Operativo Trabajo Seguro en Alturas. Modalidad: Presencial. Intensidad: 8 horas (3 teóricas y 5 prácticas).
  • Avanzado Trabajo Seguro en Alturas. Modalidad: Presencial. Intensidad: 40 horas (16 teóricas y 24 prácticas)
  • Coordinador de Trabajo Seguro en Alturas. Modalidad: Presencial. Intensidad: 80 horas (60 teóricas y 20 prácticas)
  • Entrenador de Trabajo Seguro en Alturas. Modalidad: Presencial. Intensidad: 120 horas (40 de pedagogía, 40 teóricas y 40 prácticas)
  • Reentrenamiento Trabajo Seguro en Alturas- Avanzado. Modalidad: Presencial. Intensidad: 20 horas (8 teóricas y 12 prácticas)
4. Las certificaciones que se expidan a la terminación de los Programas de Formación Complementaria de Trabajo Seguro en Alturas, no tendrán fecha de vencimiento.
5. Se determinan los requisitos que deben cumplir las empresas y gremios que pretendan crear Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAES)" fuente Jimdo.